Colegio de administradores de fincas: colegios oficiales.
Ahora bien, ya que conocemos cuál es el máximo ente organizador de los administradores de fincas, lo que sigue es hablar sobre los colegios de administradores de fincas. Cada provincia de España tiene su propio colegio de administradores para poder gestionar los trámites y procesos relacionados con los profesionales pertenecientes a esa región.
De esta manera, es más sencillo mantener la organización y los valores de cada uno de los colegios. Los colegios de administradores de fincas responden ante el consejo, sin embargo, cada colegio tiene la autonomía como para tomar decisiones referentes al comportamiento, los valores y los procedimientos a la hora de ejercer esta profesión.
El colegio oficial de administradores de fincas es la institución encargada de que cada uno de los administradores de fincas colegiados desarrollen su profesión de la mejor manera posible para el beneficio de todos los propietarios y titulares de los inmuebles que estos administren. De esta manera, su misión no solo está ligada a los administradores de fincas, sino también a los usuarios que solicitan sus servicios.
En cuanto al costo de la colegiatura, este no está estipulado por el consejo, sino que se le ha otorgado libertad plena a cada colegio de escoger la cuota de la colegiatura según mejor convenga para el mismo. Sin embargo, pese a que la cuota es libre en la mayoría de los colegios de administradores de fincas es necesario cancelar una cuota de entrada que corresponde a los gastos del ingreso como la emisión del título certificado de administrador de fincas.
Esta cuota inicial puede variar entre 600 a 700 euros. A pesar de que esta cuota inicial parezca costosa, las cuotas siguientes no son tan elevadas. Las demás cuotas pueden ir de 60 a 70 euros de acuerdo con el colegio al cual el administrador de fincas esté inscrito. Además, también cada administrador puede escoger la periodicidad con la cual cancela las cuotas. Puede pagar las cuotas bien sea mensual, trimestral, o también anual.
Todas estas cuotas son para el mantenimiento del colegio y para que cada administrador pueda disfrutar de los beneficios que el colegio de administradores de fincas le ofrece. Por su puesto, es importante destacar que no se puede escoger el colegio al cual el administrador se quiera colegiar. El colegio donde el administrador de fincas debe colegiarse es aquel que pertenezca a la provincia donde él quiera laborar.
Ahora para poder adquirir la colegiatura no es necesario cumplir como miles de requisitos. Del mismo modo que con la mayoría de los colegios para profesionales, el requisito principal es tener un título para tal profesión. Con el colegio de administradores de fincas ocurre un caso bastante particular puesto que este colegio no exige una titulación específica como tal. Por el contrario, existe un listado de profesiones avaladas por el colegio de administradores de finca.
Sin embargo, hay ciertos colegios de administradores de fincas que exigen que para poder inscribirse es necesario que la profesión que presente el aspirante sea de la rama de derecho, economía o contabilidad.
Una vez el aspirante cuente con el título que necesita para poder ser aceptado por el colegio, debe presentar una copia de su DNI, una foto tipo carnet, llenar un formulario, y pagar la cuota inicial. Una vez se haya terminado el proceso de inscripción del aspirante ya puede ejercer sin ningún problema como administrador de fincas colegiado.
Por otro lado, el colegio de administradores de fincas no es utilizado únicamente por los administradores, sino que también todos los usuarios que hagan uso de los servicios de los administradores de fincas también pueden acudir al colegio para emitir algún reclamo.
Si los usuarios consideran que un administrador de fincas ha abusado de sus facultades o ha hecho un mal uso de ellas, puede dirigirse al colegio de administradores de fincas de su provincia para que el colegio tome cartas en el asunto y sancionar al administrador si se demostrara su culpabilidad.